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EXPORTACIONES DEFINITIVAS: COMPLEMENTOS DE FACTURACIÓN

02 Mar 2017
HOLA BUENOS DÍAS! SIGUIENDO CON EL TEMA DE LOS COMPLEMENTOS QUE SE DEBEN INCLUIR EN LAS FACTURAS DE EXPORTACIONES DEFINITIVAS, COMO SE COMENTÓ ANTERIORMENTE, LA OBLIGACIÓN ENTRÓ EN VIGOR EL 1 DE MARZO, SIN EMBARGO, LA AUTORIDAD MANDÓ UN COMUNICADO DONDE ESTABLECE UN MECANISMO DE TRANSICIÓN TEMPORAL PARA DAR CUMPLIMIENTO CON ESTA OBLIGACIÓN:
 
1. Quienes ya cuenten con el complemento podrán declarar el folio fiscal del CFDI en el pedimento aduanal.
 
2. Quienes aún no han incorporado a sus sistemas el complemento, tienen para hacerlo a más tardar el 31 de diciembre de 2017, mientras tanto deberán declarar en el pedimento el número de folio de la factura y del COVE.
 


RECOMENDAMOS QUE PLATIQUEN CON SU PROVEEDOR DE FACTURACIÓN Y VAYAN AJUSTANDO EL SISTEMA PARA PODER CUMPLIR CON LOS COMPLEMENTOS QUE MARCA LA AUTORIDAD. RECORDEMOS CUÁLES SON:
 
  • Versión (requerido)
  • Motivo de traslado (condicional)
  • Tipo de operación (requerido)
  • Clave de pedimento (condicional)
  • Certificado de origen (condicional)
  • Numero de certificado (condicional)
  • Numero de exportador confiable (condicional)
  • Incoterm (condicional)
  • Subdivisión (condicional)
  • Observaciones (opcional)
  • Tipo de cambio (condicional)
  • Total de USD (condicional)
  • Emisor (opcional)
  • Propietario (condicional)
  • Receptor (condicional)
  • Destinatario (opcional)
  • Mercancías (condicional)
 
 
CUALQUIER DUDA QUE EXISTA SOBRE ESTE TEMA EN SERVA PODEMOS APOYARLOS.
 

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