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COMPLEMENTOS DE PAGOS CARGA ADMINISTRATIVA Y CONSIDERACIONES PROXIMAS DEL SAT

13 Sep 2018
COMPLEMENTOS DE PAGOS CARGA ADMINISTRATIVA Y CONSIDERACIONES PRÓXIMAS DEL SAT


A partir del día 01 de septiembre entro en vigor la aplicación de la emisión de los complementos de pagos de los CFDI cuando las facturas no sean pagadas en una sola exhibición el día de la emisión o antes, es decir cuando opera el tan utilizado (Pago en Parcialidades o Diferido PPD.
Esto ha ocasionado un estrés empresarial a la gran mayoría de los contribuyentes que no tienen la infraestructura necesaria para su control y emisión, razón por la que la autoridad fiscal SAT está replanteando que aun y cuando al día de la emisión no se haya realizado el pago del CFDI, se permita siempre y cuando se tenga la seguridad de cómo pagara el cliente ya sea cheque, transferencia o tarjeta de crédito en el mismo mes de la emisión, otorgar la facilidad de que no se emita el CFDI por complemento de pago y en estos casos manifestar que la forma de pago será en una sola exhibición y con el método correspondiente aplicable tal es el caso de Transferencia, cheque, tarjeta de débito, monedero electrónico, etc.
Es muy importante considerar que si la autoridad proporciona dicha facilidad, será conveniente que cada contribuyente se cerciore de que las facturas serán cobradas en el mismo mes para aplicar dicho beneficio, ya que de lo contrario se tendrá la carga de modificar y sustituir los comprobantes en donde se hagan las correcciones atendiendo a la naturaleza de PAGO DIFERIDO O EN PARCIALIDADES.
 
Por lo que es de vital importancia estar atentos a estas facilidades para evitar incurrir en cargas administrativas y/u omisiones en las disposiciones fiscales.
 
Es importante saber que el estar asesorados por especialistas en la materia siempre agrega beneficios y por consiguiente tranquilidad a los contribuyentes.

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